
☕ ¿Por qué el café no paga IVA pero sí paga ISR?
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Si alguna vez te preguntaste por qué no cobramos IVA en tu bolsita de café, pero sí pagamos impuestos… aquí va la explicación sin choro:
✅ El café está exento de IVA
Según la Ley del IVA, Art. 2-A, el café en grano, tostado o molido está exento del IVA.
O sea: no cobramos IVA en bolsas.
Peeero… si es una taza lista para tomar, ahí sí aplica el impuesto.
💸 Pero sí pagamos ISR
Cualquier ingreso (vendiendo café o lo que sea) paga ISR. Así lo dice la Ley del ISR, Art. 1 y 106.
Nosotros declaramos todo lo que entra, así que sí pagamos ISR como se debe.
🐾 En resumen
- Café en bolsa: no lleva IVA
- Café en taza: sí lleva IVA
- Ganancia de cualquier café: paga ISR
Así es como funciona la cosa si vendes café en México. Y sí, somos legales… aunque irreverentes (nueva nueva vieja escuela) 😎
Acá puedes pasarnos tús datos de una vez: https://forms.gle/xDs3cnbJQLitn1jh6
¿Tienes dudas? Escríbenos y te echamos la pata. 🐶📲