☕ ¿Por qué el café no paga IVA pero sí paga ISR?

☕ ¿Por qué el café no paga IVA pero sí paga ISR?

Si alguna vez te preguntaste por qué no cobramos IVA en tu bolsita de café, pero sí pagamos impuestos… aquí va la explicación sin choro:

✅ El café está exento de IVA

Según la Ley del IVA, Art. 2-A, el café en grano, tostado o molido está exento del IVA.

O sea: no cobramos IVA en bolsas.

Peeero… si es una taza lista para tomar, ahí sí aplica el impuesto.

💸 Pero sí pagamos ISR

Cualquier ingreso (vendiendo café o lo que sea) paga ISR. Así lo dice la Ley del ISR, Art. 1 y 106.

Nosotros declaramos todo lo que entra, así que sí pagamos ISR como se debe.

🐾 En resumen

  • Café en bolsa: no lleva IVA
  • Café en taza: sí lleva IVA
  • Ganancia de cualquier café: paga ISR

Así es como funciona la cosa si vendes café en México. Y sí, somos legales… aunque irreverentes (nueva nueva vieja escuela) 😎

 

Acá puedes pasarnos tús datos de una vez: https://forms.gle/xDs3cnbJQLitn1jh6

 

¿Tienes dudas? Escríbenos y te echamos la pata. 🐶📲 

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